Actualmente no existe una ley o una norma que establezca una cuantía fija para la pensión de alimentos en un divorcio. Por eso, este se convierte en uno de los puntos más conflictivos cuando un matrimonio con hijos se divorcia y solo uno ostenta la guarda y custodia. De hecho, los abogados de divorcio en Madrid se enfrentan a esta cuestión muy frecuentemente.
Cuando hablamos de pensión de alimentos, nos estamos refiriendo a la cantidad de dinero que se considera necesaria para costear todo lo que los niños necesitan para su sustento y bienestar. Básicamente, se trata de los gastos:
Para determinar el importe de la pensión de alimentos se tienen en cuenta únicamente los gastos ordinarios. Así, los abogados de divorcios en Madrid proponen y discuten esta cifra en base a los gastos previsibles. Mientras que los extraordinarios y los voluntarios se han de acordar sobre la marcha.
En principio, en cualquier caso ambos progenitores han de contribuir de forma equitativa al sustento de los hijos. Es decir, deberán hacerlo al 50 %. Sin embargo, hay excepciones, en función de varios factores, entre los que destacan los ingresos de los padres.
Hay que tener en cuenta, además, que no todos los hijos tienen las mismas necesidades. Es posible que un niño de 5 años requiera más gastos sanitarios o escolares, mientras que otro de 15 necesite más ropa o costearse viajes de estudios. Todo esto tendrá que preverse y contemplarse, si es posible, en el convenio regulador de divorcio.
Aparte, el importe de la pensión alimenticia no es intocable. Esto bien lo saben los abogados de divorcios en Madrid, que en muchas ocasiones han de afrontar procedimientos de modificación de medias.
Imprescindible es que exista mutuo acuerdo cuando de lo que se trata es de costear los gastos voluntarios. Y es que, al no tratarse de necesidades básicas, si uno de los dos no aprueba un gasto voluntario, tiene derecho a no costearlo. Este quedaría, entonces, totalmente en manos del que tuvo la iniciativa.
Has de saber que solo es posible proceder a modificar la pensión de alimentos por la vía judicial. Incluso aunque ambos progenitores estén de acuerdo en hacerlo. Y para que sea la petición admitida a trámite, ha de concurrir al menos uno de estos supuestos:
Así pues, no en cualquier situación es posible variar lo que el progenitor no custodio ha de abonar en concepto de alimentos. Tendrás que consultar con tus abogados de divorcios en Madrid si procede o no dar el paso, y cómo hacerlo.
Determinar la pensión de alimentos tras un divorcio es crucial. Por eso, te recomendamos que no lo dejes en manos de cualquiera. PLANTEA TU CASO en el formulario que ponemos a tu disposición en tuAppbogado y encuentra al mejor de todos los abogados de divorcios en Madrid.