Si no estás muy familiarizado con los procedimientos judiciales que con más frecuencia gestionan, es más que probable que no sepas a qué se dedican los abogados de familia en Sevilla. Y es que hablamos de una especialidad que engloba diferentes tipos de asuntos.
Enmarcado dentro del Derecho Civil, el Derecho de Familia engloba todas las normas y leyes que afectan a la institución de la familia en su sentido más amplio. Es decir, hace referencia a todo lo relacionado con el ámbito familiar, sin importar ni cómo ni por quién esté compuesto.
Así, un abogado de familia se dedica principalmente a defender los intereses de aquel miembro de la familia que contrate sus servicios. Para que te hagas una idea, estas son algunas de las problemáticas que llegan hasta los despachos de los abogados de familia en Sevilla:
De entre todas las cosas que pueden hacer los abogados de familia en Sevilla por ti y por los tuyos, identificar las cargas del matrimonio es una de ellas. Así como vigilar y garantizar que cada cónyuge contribuya a ellas de forma proporcional.
Pero ¿sabes exactamente a qué nos referimos cuando hablamos de cargas matrimoniales?
No existe en nuestro Código Civil una única y clara definición de lo que se entiende por cargas del matrimonio. Sin embargo, sí es posible relacionarlas con la obligatoriedad de satisfacer las necesidades básicas de los cónyuges y de sus hijos.
A pesar de que cobran especial relevancia cuando tiene lugar un divorcio o separación en la familia, las cargas matrimoniales surgen desde el mismo momento en que la pareja contrae matrimonio.
Se trata de un concepto estrechamente relacionado con el deber de alimentos entre parientes. Aquí se engloban, por tanto:
A menos que así lo acuerden ambos cónyuges de mutuo acuerdo, o bien un juez a petición de uno de estos, cada uno contribuirá a hacer frente a estas cargas del matrimonio de forma equivalente o proporcional a sus ingresos.
Independientemente de las cargas que se generen a lo largo de la vida del matrimonio y la forma en que estas sean sufragadas, los cónyuges siempre han de optar por un régimen económico que regirá su relación:
Bajo esta modalidad, todos los ingresos y ganancias que cada cónyuge tiene antes de casarse y obtiene después del matrimonio pasan a formar parte de la sociedad de gananciales. Y, en caso de disolución, se procederá a su división en partes iguales.
Eso sí, no se incluyen como bienes gananciales los que conforman las herencias. Así, todo lo que herede cada miembro de la pareja a título personal se considerarán bienes privativos.
En cambio, si hay separación de bienes, cada uno cuenta con su propio patrimonio, separado claramente del otro. Puede gestionar y disponer de todos sus bienes con libertad y sin permiso de su pareja. A menos, claro está, que se trate de la vivienda familiar o de parte de su contenido.
Como ves, son muchos los conceptos que conforman el Derecho de Familia, unos más complejos que otros.
Para comprenderlos todos, y si necesitas asistencia legal en relación con algo de ellos, déjate asesorar. Con el formulario PLANTEA TU CASO es muy sencillo encontrar y contratar a tu propio abogado de familia para tenerlo todo siempre bajo control.