¿En qué se diferencian la separación y el divorcio?
Cuando una relación sentimental unida por legalmente mediante el matrimonio decide disolverse existen diferentes opciones: nulidad matrimonial, separación y divorcio; cada una con unas características que las distinguen de las otras.
La principal diferencia entre separación y divorcio es que la primera supone una interrupción de la convivencia y cesa algunos deberes matrimoniales pero no disuelve el vínculo generado por el matrimonio, mientras que el divorcio sí lo hace. Por su parte, la nulidad matrimonial implica la negación de que dicho matrimonio se llevó a cabo de forma legal y por tanto, sería como si nunca hubiese existido.
La separación, por tanto, es la suspensión de la unión del matrimonio. Los otrora cónyuges hacen cada uno sus vidas separadas e independientes y se suprime la posibilidad de vincular bienes del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica. Ninguno de los dos podrá volver a contraer matrimonio civil en esta situación. Existen dos tipos de separación. Por un lado, la separación de hecho, que es aquella que se produce por mutuo acuerdo o de forma unilateral (por ejemplo, si un miembro de la pareja abandona el domicilio familiar); y la separación judicial, que puede ser de mutuo acuerdo o por lo contencioso.
A diferencia de la separación, el divorcio sí disuelve el vínculo matrimonial y, al igual que en el anterior, cesan las obligaciones conyugales. Del mismo modo, puede realizarse judicialmente tanto por lo contencioso como de mutuo acuerdo. Una vez divorciados, los miembros de la pareja sí podrán contraer de nuevo matrimonio civil.
Diferencia entre separación y divorcio: ¿me puedo reconciliar?
Además de lo ya mencionado, el asunto de una posible reconciliación también establece una diferencia entre la figura de la separación y la del divorcio. En el primer caso, la reconciliación es admitida, y al retomar la convivencia los miembros de la pareja restablecen sus deberes y presunciones matrimoniales. Sin embargo, con el divorcio el vínculo del matrimonio se ha disuelto y, por tanto, la pareja deberá casarse de nuevo en caso de que se reconcilien y quieran volver a tener la consideración legal de matrimonio.
Por último, existe la opción de la nulidad matrimonial que hace desaparecer el vínculo matrimonial, tanto para el presente y futuro, como del pasado.