Guarda y custodia: la guía práctica para divorcio con hijos
Un divorcio nunca es una situación sencilla. De hecho, en nuestro blog hemos hablado en muchas ocasiones de este tema, que implica un cambio radical en la vida de los anteriormente cónyuges. Sin embargo, cuando hay hijos del matrimonio, las cosas se pueden complicar aún más. En estos casos, el procedimiento del divorcio incluye casi siempre la discusión sobre la pensión alimenticia. Aunque cualquier tipo de separación legal debe ser llevada a los tribunales por un abogado que debe asesorarte sobre tus derechos en todo momento, en el caso de un divorcio con hijos es importante contratar a un especialista en la materia que conozca bien las leyes. Solo así conseguirás que tu nueva situación resulte lo más beneficiosa para ti y para el bienestar de tus pequeños.
Los criterios para otorgar guarda y custodia de los hijos
Cuando se lleva a cabo una demanda de divorcio en la que hay hijos, una de las cuestiones que siempre están sobre la mesa es la relacionada con la guardia y custodia de los menores. En realidad, las tareas de guardia y custodia son las de mantener al menor, ocuparse de su bienestar diario y velar por sus intereses. Esto no debe ser confundido con la patria potestad. En el siguiente párrafo de nuestra guía te explicamos las diferencias entre ambas cosas. Pero, a modo resumen, la patria potestad no se pierde si eres el padre o la madre. La custodia, sin embargo, es la tarea diaria de cuidar al niño y dependerá de factores como los siguientes:
- El interés superior de los menores. Eso significa que más allá del interés de los adultos se pondrá el beneficio mayor para el hijo o los hijos a la hora de tomar la decisión sobre la custodia y la guardia de dichos menores.
- Informe del equipo psicosocial de los Juzgados. Cuando se produce una separación de este tipo se exige un informe realizado por peritos. Aunque lo que se indique en este no es vinculante para el Juez que puede tomar otra decisión basándose en los demás puntos que exponemos aquí, sí que puede utilizarlo como un punto más en el razonamiento de su sentencia final. Será también clave este documento de cara a establecer regímenes de visitas y la pensión compensatoria y de alimentación.
- El derecho de audiencia de los menores. Siempre que puedan aportar mayores datos y tengan uso de razón el Juez puede llamar a declarar a los menores para que expresen sus deseos. Aunque no implicará automáticamente que el Juez de por bueno el argumento, sí que suele ser un aspecto muy importante a la hora de decidir qué progenitor se queda la guardia y custodia.
- El principio de no separar a los hermanos. Si hay dos o más hijos del matrimonio, lo de repartírselos separándolos no será nunca la opción preferida. Salvo casos muy puntuales bien argumentados o situaciones que ya fuesen así antes del divorcio, será muy complejo que un Juez apruebe este tipo de ideas.
- La edad de los menores. Es otro factor que influye mucho en la guarda y cistodia. Si se tiene en cuenta que dependiendo de sus años sus necesidades son distintas, se valora cuál de los progenitores -sino los dos- son más aptos para cubrirlas.
- El tiempo de que disponen los progenitores. Otra cuestión fundamental. Si no tienen tiempo, será más difícil que pueda dársele la guarda y custodia. Salvo que acrediten contar con medios o red familiar de apoyo.
- El lugar de residencia. Influye si es diferente al que tenían los menores en el momento previo al divorcio. Generalmente, se apuesta por reducir al máximo los cambios que pueda sufrir el menor.
Los regímenes de visitas en la guarda y custodia de menores
Si en tu caso ya se ha llevado a cabo el procedimiento de divorcio. Y ya el juez decidió sobre la guarda y custodia, debes saber que el artículo 94 del Código Civil es el que establece el derecho de visitas. De hecho, te garantiza derecho a visitarlos, comunicar con ellos y tenerlos en su compañía. Regular este derecho y establecer un calendario es competencia del Juez. Sin embargo, esa sentencia inicial puede variar por diferentes causas. Es el propio magistrado el que puede limitar o suspender este derecho si se diesen circunstancias graves. También puede ocurrir al revés. Que por cualquier situación adversa se recomiende legalmente hacer un cambio en la guardia y custodia.
Custodia vs patria potestad
Mientras que la guardia y custodia de los menores la pueden ejercer uno o los dos progenitores por mandato judicial (incluso si no lo son en determinadas circunstancias), la patria potestad es inherente a la razón de ser padre. Esto quiere decir que un padre o una madre no pierden la patria potestad (el derecho a ser la madre o el padre de un menor) aunque no tengan la custodia. De hecho, la patria potestad solo se pierde en caso de fallecimiento del progenitor o del hijo. Hay otras circunstancias muy graves que se recogen también en el código penal. Sin embargo, esta es a grosso modo la diferencia entre estos dos términos muy habituales en divorcios con hijos.
Abogados especialistas en divorcios con hijos
Como has podido ver, no es tan sencillo el tema de un divorcio cuando hay hijos de por medio. Aunque la separación legal en sí resulte amistosa, será necesario un abogado para hacer todo el papeleo. Al mismo tiempo, como se habla de conceptos legales complejos, como lo es la custodia y guarda, la patria potestad y los derechos a visitas, junto probablemente con la pensión compensatoria, lo mejor es que cuentes con un profesional de las leyes que te asesore en todo momento. De lo contrario, podrías estar aceptando cosas que van en contra de tus propios intereses. E incluso de los de tus hijos.
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Si en tu caso vas a solicitar un divorcio de mutuo acuerdo, y también queréis ambos la custodia compartida, sigue siendo vinculante el consejo de un abogado. En este caso, además de ofrecerte una herramienta para contactar con expertos en esta área del derecho, te recomendamos que leas la guía que te enlazamos justo encima de estas líneas.