La pensión de viudedad: qué es, requisitos e importe

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En este artículo explicamos qué es la pensión de viudedad, quién puede solicitarla y qué requisitos es preciso cumplir para obtenerla.

La pensión de viudedad

Esta modalidad de pensión consiste en una prestación dineraria para quienes hayan tenido un vínculo matrimonial o de pareja de hecho con el fallecido. Siempre, eso sí, que las dos partes de ese vínculo cumplan ciertas condiciones.

Como ocurre con las demás pensiones, también la de viudedad tiene la finalidad de compensar posibles situaciones de carencia económica por circunstancias que alteran la vida de las personas. Por ejemplo, jubilarse, sufrir un accidente o enfermedad o, como en este caso, la muerte del cónyuge o la pareja.

Conviene que conozcas bien los requisitos mínimos que se exigen para poder hablar de una pensión de viudedad. Tanto para que exista la pensión como para recibirla.

Las condiciones para causar una pensión de viudedad

Para ser causante, la persona fallecida ha de encontrarse en alguna de estas circunstancias en el momento del fallecimiento:

  • Encontrarse en situación de alta en el Régimen General de la Seguridad Social y haber cumplido un periodo mínimo de cotización. Este mínimo, si la muerte tiene origen en una enfermedad común, es de 500 días dentro de los cinco años anteriores a la fecha del fallecimiento. En cambio, si el origen se encuentra en un accidente o una enfermedad profesional, no hay mínimo.
  • Si la persona no está dada de alta, tendrá que haber cotizado un mínimo de 15 años durante toda su vida.
  • Si el fallecido era perceptor del subsidio de incapacidad temporal, de riesgo en embarazo, maternidad, paternidad o riesgo durante la lactancia natural, tendrá que haber alcanzado la cotización mínima que se exige en cada caso.
  • Ser beneficiario de una pensión de jubilación.
  • Ser beneficiario de una pensión de incapacidad laboral permanente.
  • Estar ya cesado en su trabajo y con derecho a una pensión contributiva de jubilación.
  • Ser un trabajador y haber muerto en un accidente, laboral o no.
  • Ser un trabajador con derecho a pensión por incapacidad permanente total y haber optado por una indemnización especial a tanto alzado, si es menor de 60 años.

Las condiciones para recibir una pensión por viudedad

Para ser beneficiario, el cónyuge o la pareja de hecho debe acreditar uno de estos supuestos:

  • Muerte fue por enfermedad común: habrá pensión de viudedad si tienen hijos en común o si se han casado, al menos, un año antes del fallecimiento.
  • Parejas de hecho: no se pide un tiempo mínimo, si la suma como pareja de hecho y como matrimonio supera los 2 años.
  • Separados: procede una pensión de viudedad si el beneficiario no vuelve a contraer matrimonio ni constituye una nueva pareja de hecho, y siempre que esté percibiendo la pensión compensatoria por la separación o el divorcio.
  • Víctimas de violencia de género: recibirán la pensión si pueden acreditar que eran víctimas al producirse el divorcio.

Cuantías mínimas de la pensión de viudedad

  • Menores de 60 años: 522,50 euros mensuales o 7315 anuales.
  • Entre 60 y 64 años: 645,30 euros mensuales y 9034,20 anuales.
  • Personas con 65 años o más o una discapacidad de al menos un 65 %: 689,70 euros al mes y 9.655,80 euros al año.
  • Personas con cargas familiares: 797,91 euros al mes y un total de 11 170,80 euros al año.

Antes de solicitar la pensión de viudedad, te recomendamos que compruebes que efectivamente tienes derecho a percibir esta prestación. Si es así, tan solo tendrás que rellenar el formulario correspondiente, que encontrarás en las oficinas o en la página web de la Seguridad Social.

La pensión de viudedad persigue garantizar la solvencia económica del beneficiario, en caso de fallecimiento de su cónyuge. Y es primordial que gestiones muy bien su solicitud, con la correspondiente ayuda de un abogado especialista en la materia. 

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