Tasa de alcoholemia sanciones: lo que necesitas saber sobre el test

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Cuando se habla de la seguridad vial, una de las consultas más frecuentes por parte de los usuarios de Internet es la que tiene que ver con la tasa de alcoholemia sanciones, así como con las consecuencias derivadas en los casos más graves.  De hecho, no es la primera vez que en nuestro blog hablamos de las multas por alcholemia y de los delitos contra la seguridad vial. De hecho, somos muy conscientes de la confusión que se genera entre lo que son faltas administrativas y delitos penales que implican un juicio específico y que suponen una condena que incluso puede implicar la cárcel. Hoy queremos centrarnos de manera más específica en el test de alcoholemia.

Test: detectar tasa de alcoholemia y sanciones derivadas de ella

Algunas de las dudas frecuentes sobre tasa de alcoholemia y sanciones están relacionadas con la propia prueba o test. ¿Cuándo se te puede solicitar y quién debe hacerlo? Esta materia es tarea de la Guardia Civil, concretamente del cuerpo de tráfico. Sin embargo, a diferencia de lo que muchos creen cierto, no solamente pueden indicarte que lo realices en un control de seguridad vial.

También se te puede solicitar (tanto la prueba de aire expirado como la de sangre), si te has visto implicado en un accidente. Al mismo tiempo, si no hay un control específico, pero muestras ciertos comportamientos al volante en los que se podría sospechar de que has consumido alcohol, los guardias también podrían darte el alto para solicitarte que te sometieses al test de alcoholemia. Incluso, si se te está sancionando por cualquier otro motivo y el guardia considera que tienes claros signos de conducir ebrio, podrían pedirte que realizases el test.

La gran pregunta que no siempre encuentra la respuesta adecuada es si realmente es obligatorio someterse al test de alcoholemia. Y para responderla vamos a citar el artículo 21 del Código de Circulación, ya que es en él en el que se recoge dicha norma:

“Todos los conductores de vehículos y de bicicletas quedan obligados a someterse a las pruebas que se establezcan para la detección de las posibles intoxicaciones por alcohol. Igualmente quedan obligados los demás usuarios de la vía cuando se hallen implicados en algún accidente de circulación”

¿Es obligatorio el test de alcoholemia para todos los conductores?

En realidad, con la redacción de dicho artículo sí que es obligatorio someterse a los controles de alcoholemia. Sin embargo, cabe señalar que no toda la comunidad jurídica está de acuerdo con la formulación de la propia normativa.

Sin embargo, dado que la ley es la que es, debes saber que si te niegas a hacer una prueba de alcoholemia podrías incurrir en un delito. Se trata del previsto en el artículo 383 en el que podrían condenarte desde 6 meses a un año de prisión con la privación del carnet de conducir. Este delito se suma al delito por conducción temeraria o por alcoholemia (en caso de que se den las circunstancias contempladas en ellos). Por tanto, mejor evitar problemas y cumplir con la normativa. Y en caso de que la sanción sea administrativa, pagar la multa o contactar a un abogado para recurrirla. Si se habla de un delito, necesitarás siempre a un abogado porque vas a ser sometido a un juicio.

Cuestiones a tener en cuenta como derechos en las pruebas de alcoholemia

Cabe señalar que aunque el propio test al que se obliga al conductor es una prueba luego en su contra, existen una serie de derechos que deben respetarse. En muchos casos, esos derechos son parte de las alegaciones para recurrir sanciones, e incluso para defenderse en acusaciones de delitos por alcoholemia:

  • Los conductores tienen derecho a que se le hagan dos test. Entre ambos deben transcurrir al menos 10 minutos.
  • Se puede comprobar por parte del conductor que los medios de control estén homologados, así como solicitar informe de calibración.
  • El conductor puede formular las alegaciones que considere y el cuerpo de seguridad debe dejar constancia de las mismas.
  • Se puede solicitar el contraste de los resultados de un análisis de sangre, aunque si es positivo, será el conductor el que abone los gastos de la prueba. Si no lo es, lo abona la administración.

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