Cuestiones fundamentales en un contrato compraventa moto
Cuando hablamos de los contratos de compraventa, son muchas las cuestiones o bienes que se pueden regular mediante esta documentación. Si bien el documento en sí es muy similar en todos los casos, y deben aparecer correctamente identificadas ambas partes, así como completamente claras las condiciones de dicha adquisición y la descripción del propio bien, hoy queremos hablarte concretamente de las particularidades en un contrato compraventa moto.
Contrato compraventa moto: pasos previos sobre el vehículo que vas a comprar
Hay que tener en cuenta que cuando se firma un contrato compraventa moto, las condiciones legales cambian sustancialmente si se hace con particulares o si se hace con profesionales. En un concesionario tendrás más garantías, ya que deben ofrecerte como mínimo un año, tal y como indica la ley. Además, generalmente, ya no tendrás que preocuparte de todas estas cuestiones que atañen a la documentación, porque suelen ser ellos mismos los que se encargan. Sin embargo, sea en el caso de un particular o no, es recomendable hacerse con papeles que te ayuden a entender si la moto está en buen estado. Algunos de ellos son:
- Libro de mantenimiento y facturas de revisiones y reparaciones efectuadas.
- Revisión general del estado de la moto. Es aconsejable llevar a un mecánico o profesional de confianza para que pueda ayudarte con esto.
- Informe de Estado del Vehículo de la DGT. En este caso, más que testar el estado de la moto, lo que estás testando es que no haya sobre ella ninguna multa, sanción o incluso que haya sido sustraída a su verdadero dueño.
Cambio de titularidad: las claves en un contrato compraventa de vehículos a dos ruedas
Una vez tienes claros los pasos a dar para comprobar que la moto que vas a comprar es la adecuada, entonces pasarás a la fase de la documentación necesaria en el cambio de titularidad. Los documentos que necesitas son los siguientes:
- El permiso de circulación de la moto. Mejor sí tienes el original y una fotocopia.
- Ficha técnica de la ITV. Debe estar en vigor en el momento de la compraventa. Y resulta obligatoria para vehículos con más de 3 o 4 años, dependiendo de si son ciclomotores o motos.
- DNI o NIF en caso de personas jurídicas.
- Contrato de compraventa con ambas partes identificadas. Aunque lo ideal en un contrato compraventa moto es que se identifique a las partes implicadas, así como todas las condiciones particulares, puedes pedir asesoramiento o ayuda a un abogado para que todo quede redactado de manera correcta.
- Impreso de cambio de titularidad que será facilitado por la DGT
- En caso de que se vaya a hacer la compra de una moto procedente de Canarias, Ceuta o Melilla, se requiere un certificado de aduanas que conlleva una tasa de alrededor de 10€.
- Si vas a comprar una moto que procede de una herencia o similar, es necesario presentar el testamento o un documento asimilado.
Cómo hacer el proceso final en un contrato de compraventa moto
Cuando tengas claro que esa moto es realmente lo que estás buscando, y te hayas hecho con toda la documentación, entonces podrás comenzar con los pasos finales, los cuales te detallamos a continuación:
- En una oficina de Hacienda, debes liquidar el impuesto de transmisiones patrimoniales. Es el modelo 620. El trámite se puede hacer online en algunas Comunidades Autónomas. El coste es el 4% del valor del vehículo, pero si se declara un precio menor al estipulado, la Agencia Tributaria puede hacer una declaración rectificativa en la que te obligue a tributar por ese mínimo. En caso de que se declare menos del valor pagado, estás cometiendo un fraude.
- Con este documento en la mano, y con la documentación indicada en el párrafo anterior, ya puedes proceder a hacer el cambio de titularidad. Para ello has de acudir a la Jefatura de Tráfico. Tiene un coste de unos 60€ en el caso de motos y de menos de 30€ si se refiere a ciclomotores. Generalmente, el comprador se hace cargo de estas tasas, aunque se puede pactar en contrario dentro del contrato compraventa moto.
Ten en cuenta, sobre todo en caso de que el contrato se firme con un particular, que la ley solo le obliga a ser responsable de los “vicios o defectos ocultos” durante 6 meses. Especifica en el contrato estas cuestiones, así como los derechos y obligaciones de las partes por si tienes que hacer alguna reclamación.