¿Qué es el síndrome de alienación parental?

Lo primero que tenemos que decir sobre el Síndrome de Alienación Parental (SAP) es que no existe como diagnóstico clínico reconocido. Y que no lo avala ningún organismo internacional. A pesar de ello, con el tiempo se ha ido asentando en la sociedad como concepto y, lo que es aún más importante, en la justicia como argumento para luchar por la custodia de los hijos. 

Dada la importancia de lo que está en juego, en las siguientes líneas intentamos explicarte a qué se refiere este mal llamado síndrome y qué hay de verdad en los casos en los que se alega su existencia para atacar a la parte contraria en un divorcio o una separación con hijos en común.

¿A qué nos referimos cuando hablamos del SAP?

Más allá de la conveniencia o no de usar este término en los juzgados (algo que comentaremos más adelante), es importante que tengas claro qué es exactamente el Síndrome de Alienación Parental

Normalmente, este comportamiento o conjunto de actitudes los ejerce uno de los progenitores con respecto al otro después de que ambos se hayan separado o divorciado y existan hijos en común. Consiste, básicamente, en generar en los hijos odio hacia el otro. Y se consigue a través de mensajes repetidos que pueden ser calificados coloquialmente como un lavado de cerebro.

Como consecuencia de esa manipulación, los hijos desarrollan un odio injustificado hacia el progenitor alienado, lo que les provoca sufrir efectos negativos en su desarrollo psicológico y físico. Esto se da en los casos más graves de SAP, pero también son posibles manifestaciones más leves. Por ejemplo, cuando lo que sienten los hijos hacia el progenitor que es víctima es, simplemente, desprecio o minusvaloración.

El SAP en los juzgados

Lo que aquí nos interesa es saber si se puede utilizar el SAP como argumento para quitarle a alguien la custodia de los niños. Pues bien, para averiguarlo debemos hacer un repaso por lo que para los principales organismos jurídicos y médicos representa este supuesto síndrome. Lo vemos:

  • Asociaciones profesionales de psicología y psiquiatría: en la actualidad, ninguna de ellas ha reconocido la existencia del Síndrome de Alienación Parental. Ni tampoco se ha incluido en ningún manual o guía del sector.
  • La AEN (Asociación Española de Neuropsiquiatría): desde 2010 se muestra en contra del uso legal y clínico del SAP. Considera que sería simplificar en exceso algo tan complejo como las relaciones intrafamiliares. 
  • El CGPJ (Consejo General del Poder Judicial): considera que no debe utilizarse, por no disponer de ninguna base científica. Y exige a los magistrados que dejen de incluirlo en sus sentencias.
  • El Pacto de Estado contra la Violencia de Género: considera que hay que evitar que el SAP se tenga en cuenta por parte de los órganos judiciales.

Diversidad de opiniones

Sin embargo, no en toda la comunidad médica reina la misma opinión. La Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE-11), que todavía no se ha publicado, recoge y define en uno de sus apartados el Síndrome de Alienación Parental. Y la RANM (Real Academia Nacional de Medicina Española) incluyó el término en 2021, definiéndolo como un tipo de maltrato infantil.

Queda claro, por lo tanto, que todavía no hay consenso en cuanto a la posibilidad de recurrir a este término en los juzgados. No obstante, lo que no debemos olvidar es que existen casos reales en los que, en plena lucha de intereses entre los padres, estos son capaces de hacer cualquier cosa por obtener la custodia total de los niños. Incluso hasta el punto de hacer que los hijos odien a su otro progenitor. Pero el problema ahí reside en demostrar que, efectivamente, ese maltrato y esa manipulación se han producido de verdad.

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