Violencia doméstica y violencia de género: ¿cuáles son las diferencias?

A menudo se confunden o se intentan equiparar la violencia doméstica y la violencia de género. No obstante, es importante comprender que, a ojos de la ley, no son los mismos delitos.

En primer lugar, la violencia doméstica es aquella que tiene lugar dentro de un mismo núcleo familiar. Es decir, tanto la víctima como el agresor pertenecen a ese círculo, pudiendo ser cualquiera de ellos el padre, la madre, un hijo o un abuelo, por ejemplo. En cambio, la violencia de género es la que ejerce un hombre contra una mujer que ha sido o es su pareja. 

Con estas definiciones, seguro que ya tienes un poco más clara cuál es la diferencia entre la violencia doméstica y la violencia de género. Pero, para ser más específicos, queremos hablarte de los 4 aspectos fundamentales que las distinguen: la víctima, el agresor, el contexto del delito y su regulación. 

Lo analizamos todo en detalle, para que no te quede ninguna duda sin resolver, a continuación.

La víctima

Ya hemos adelantado que, para que un delito se considere violencia de género, la víctima siempre ha de ser una mujer. De hecho, la condición de víctima se da por el simple hecho de ser mujer. Esto es, los agresores la consideran carente de derechos como la libertad, la capacidad de decisión, el respeto o la integridad física.

Hay que recalcar que, desde el año 2014, se considera víctimas de violencia de género también a los hijos menores de las mujeres que han sufrido esta clase de violencia.

El agresor

La otra cara de la moneda de la violencia de género es que el agresor, en todos los casos, ha de ser un varón. De lo contrario, estaríamos hablando de otro tipo de violencia, como puede ser la violencia doméstica. 

En este punto, nos encontramos con un posible vacío legal. ¿Qué ocurre con las parejas del mismo sexo? En esos supuestos, hablaríamos de violencia intragénero, que es la que tiene lugar entre parejas homosexuales. Actualmente, es considerada violencia doméstica, aunque también pueda tener, como la violencia de género, un origen en la desigualdad de poder que existe entre los dos miembros de la pareja. La diferencia es que, en estos casos, esa diferencia de poder no deriva de una diferencia de género.

El contexto

En este punto, lo más destacable es que la violencia de género puede seguir ejerciéndose incluso después de romperse la relación sentimental entre el agresor y la víctima. No es necesario, ni siquiera, que ambos convivan para hablar de violencia de género.

La regulación

Destaca la Ley de Violencia de Género como la ley específica que regula los casos de violencia de género desde el año 2004. Dicha norma incluye varias medidas de sensibilización y prevención de la violencia de género. Y prevé determinados derechos para las mujeres que han sido víctimas de esta clase de violencia. Por ejemplo:

  • Acceso a información y asistencia social.
  • Ayudas económicas.
  • Ausencias en el trabajo.

Por el contrario, cualquier acto constitutivo de un delito de violencia doméstica se encuentra regulado en la Ley de Violencia Doméstica, aprobada en el año 2003.

A pesar de todas sus diferencias, centradas sobre todo en los aspectos que aquí hemos concretado, ambos delitos tienen algo en común. Aparte de perturbar la paz familiar, los dos contemplan para las personas agresoras penas de prisión que van desde los 3 meses hasta los 6 años.

En definitiva, la violencia de género es diferente a la violencia doméstica, ya que su objetivo es proteger a un tipo de víctima muy definido de los actos de su agresor, en el marco de una relación discriminatoria y desigual por razón del género.

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