El convenio regulador y sus partes más esenciales
El convenio regulador es la base de cualquier divorcio de mutuo acuerdo. En él se establecen las normas y las medidas que se adoptarán una vez que la ruptura se haga efectiva. Y será de obligado cumplimiento para ambos cónyuges.
Su relevancia es tal, que incluso en los supuestos en los que exista una buena relación será clave contar con la asistencia de un abogado. Redactar el convenio regulador sin asesoramiento letrado puede suponer la aceptación de determinadas cláusulas o condiciones que, a largo plazo, es posible que te resulten perjudiciales.
Para que esto no te ocurra, queremos dejar claro en las siguientes líneas cuál es el contenido esencial de todo convenio regulador, qué partes lo conforman y a qué puntos deberías prestar una mayor atención. ¡Toma nota!
El contenido mínimo del convenio
El artículo 90 del Código Civil establece las que deben ser las partes básicas de cualquier convenio regulador. En cualquier caso, si la pareja que va a divorciarse desea hacerlo de mutuo acuerdo, deberá tomar decisiones en lo que respecta a las siguientes cuestiones, siempre y cuando apliquen en el matrimonio:
Los hijos en común
Si existen hijos en el matrimonio, habrá que decidir acerca de todo lo que les atañe, como por ejemplo:
- La patria potestad: por norma general, no suele cambiar tras el divorcio y la siguen ostentando ambos progenitores. Sin embargo, hay situaciones en las que sí se modifica la patria potestad por sentencia judicial, siempre en defensa de los intereses del menor.
- La guarda y custodia: en el convenio se indicará qué régimen de guarda y custodia es el escogido por los cónyuges. Tendréis que escoger entre la custodia compartida (ambos progenitores conviven con el menor y se encargan por igual de sus cuidados) y la custodia monoparental (se atribuyen estas funciones únicamente a uno de los dos).
- El régimen de visitas y comunicaciones: en caso de decantaros por la custodia monoparental, se señalará en el convenio regulador cómo se van a regular las visitas del progenitor no custodio. Ten en cuenta que, aun sin la custodia, este sigue teniendo derechos y obligaciones en relación con su hijo.
El patrimonio compartido
Tras años de matrimonio, lo normal es que se haya ido conformando un patrimonio común que es necesario repartir con la llegada del divorcio. Incluso aunque se optara en el momento de la unión por la separación de bienes. Hablamos, por ejemplo, de las medidas relacionadas con:
- El reparto de las cargas familiares que aún siguen existiendo después del divorcio.
- El uso o enajenación de la vivienda y el ajuar familiar.
- La liquidación del régimen económico matrimonial.
Otros efectos económicos del divorcio
Aparte, si existe cualquier otro efecto económico derivado del divorcio, también habrá que especificarlo en el convenio regulador.
Por ejemplo, si la guarda custodia es monoparental, lo habitual es que se establezca una pensión de alimentos para el padre no custodio. Y, si el divorcio causa un desequilibrio económico considerable a una de las partes, suele aprobarse el pago temporal de una pensión compensatoria.
En ambos supuestos, se dejará claro el importe y los plazos que regularán dichas pensiones.
¿Qué ocurre si se incumple el convenio regulador?
Aunque exista mutuo acuerdo entre las dos partes, la última palabra acerca de la viabilidad del convenio regulador la tendrá el notario, o el juez si los hijos del matrimonio son menores de edad.
A raíz de su decisión, se tendrán que acatar absolutamente todas las medidas establecidas. De lo contrario, podrían interponerse multas e incluso considerarse el incumplimiento del convenio como un delito de desobediencia, con las consecuencias legales correspondientes.
Por todo esto, desde tuAppbogado te recomendamos encarecidamente que consultes a tu abogado antes de tomar cualquier decisión relacionada con el convenio regulador de tu divorcio. Y, si no tienes uno, recuerda que podemos ayudarte a encontrarlo.