¿Tributan las indemnizaciones por despido en España?
Una duda muy frecuente entre los trabajadores que terminan la relación laboral con su empresa es si tienen que pagar impuestos por la indemnización que reciben. Muchos piensan que se toma como parte del salario, otros creen que es algo distinto y que no está sujeto a ninguna tributación. ¿Quiénes tienen razón?
En este post, te desvelamos si las indemnizaciones se gravan con impuestos o no. Y, si la respuesta es afirmativa, qué has de hacer tú como trabajador. ¡Muy atento!
Un repaso por todas las indemnizaciones laborales
Antes de saber si hay que pagar por las indemnizaciones por despido en España, conviene que sepas qué clase de indemnizaciones existen en la actualidad:
- Indemnización por despido procedente: 20 días por cada año de trabajo.
- Indemnización por despido objetivo: también 20 días por año trabajado.
- Indemnización por despido improcedente: 33 días por año de trabajo hasta el 12 de febrero de 2012 y 45 días por el periodo anterior.
- Indemnización por ERE: 20 días por cada año de trabajo.
En todos los casos, la cantidad máxima que recibirás en concepto de indemnización será el equivalente a 12 mensualidades. Algo que cambia si el despido es improcedente. En ese supuesto, el máximo importe de la indemnización asciende a las 24 mensualidades.
Vistas todas las clases de indemnizaciones que existen en nuestro país, ¿cuáles de ellas tributan y cuáles no?
¿Cotizan o no las indemnizaciones por despido?
Lo primero que has de saber a este respecto es que hay diferencias entre las distintas indemnizaciones. Es decir, unas tributan y otras no. En concreto, si nos centramos en las indemnizaciones por despido, están exentas de pagar impuestos solo las que cumplen estos requisitos:
- No superan las cantidades fijadas por el Estatuto de los Trabajadores: hemos hablado hasta ahora de cantidades mínimas. A partir de ahí, si hay acuerdo entre empresa y empleado, la indemnización puede ser mayor. En esos casos, la diferencia sí tributa.
- Las ha fijado un juez: solo quedan fuera de la tributación aquellas indemnizaciones que hayan sido marcadas o ratificadas en una sentencia judicial. Es decir, después de que el trabajador haya mostrado su desacuerdo con el despido y lo haya impugnado judicialmente.
- No superan los 180 000 euros: si, a pesar de cumplir con los dos requisitos anteriores, la indemnización supera este importe, el resto sí estará sujeto a tributación.
Las indemnizaciones no exentas: ¿cómo se declaran?
Salvo las exenciones que te acabamos de señalar y, por supuesto, aquellas que no provengan de un despido (por ejemplo, si se deben al fin de un contrato temporal), el resto de indemnizaciones sí tributan.
En estos casos ¿cuál es tu obligación al respecto? Muy sencillo: tienes que incluir tu indemnización en la declaración de la renta como si de una renta más se tratara, tachando la casilla correspondiente, que se encuentra en el apartado A.
¿Y si más adelante la empresa vuelve a contratar al trabajador?
Otra duda relacionada con la tributación de las indemnizaciones en España es qué ocurre con ellas si el trabajador es readmitido en su empresa pasado un tiempo desde el despido.
Pues bien, lo aclaramos a través de lo establecido en el Reglamento del IRPF: para que exista una exención de la tributación, la desvinculación entre empresa y trabajador tiene que ser real y efectiva. En este sentido, se entiende que la desvinculación no es tal si se vuelve a contratar al empleado dentro de los 3 años siguientes al despido.
Si esto te sucede, es muy posible que Hacienda te exija que pagues los impuestos relativos a la indemnización que recibiste en tu próxima declaración de la renta.
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